La Ley de
Enjuiciamiento Civil establece entre los medios de prueba en un procedimiento o
litigio el dictamen de Peritos. El informe pericial se convierte en un
medio de prueba más, susceptible de ser utilizado por las partes con la
finalidad de que, en el marco de un proceso, aporte criterios de convicción
judicial en un sentido determinado.
Los
directores de seguridad poseemos la mayor titulación oficial dentro del
ámbito de la seguridad privada; con lo que, tras formar a los especialistas en
la materia en los aspectos jurídicos del peritaje, la Asociación de
Directores de Seguridad ADISPO configura un listado de socios interesados y
preparados para actuar como peritos, a fin de proveer de este servicio a los
órganos judiciales, entidades, profesionales y administraciones que los
soliciten, en todo aquello relacionado con el sector de la seguridad privada.
Peritaje de oficio
La finalidad
del Turno de Peritaciones Judiciales en seguridad privada es la
de prestar asesoramiento y dictamen pericial en los procedimientos en los que
solicite el juez, de oficio, la parte titular del derecho de asistencia
jurídica gratuita o el Ministerio Fiscal. Para ello, la Asociación facilitará a
la Administración de Justicia un listado de Profesionales asociados que reúnan
los requisitos de cualificación técnica, formación y experiencia práctica que
la Asociación determine y la Administración de Justicia requiera para el
ejercicio y desempeño de las funciones de Peritajes dentro del ámbito de la
Justicia.
Peritaje de parte
La finalidad
del Perito de parte en seguridad privada es la de
prestar asesoramiento y dictamen pericial en los procedimientos en los que se
solicite. Para ello, la Asociación de Directores de Seguridad ADISPO
configura un listado de directores de seguridad asociados interesados en actuar
como peritos privados, a fin de proveer de este servicio a cualquier entidad o
profesional que lo solicite.
Ámbito de actuación del peritaje en el sector de
seguridad privada
Los peritos
en seguridad privada podrán emitir dictámenes periciales en los juicios de
civil, penal o administrativo, cuando los jueces o tribunales o las PARTES
crean conveniente que un experto elabore un dictamen pericial sobre materias de
seguridad privada; pudiendo llegar a tener que intervenir en
casos relacionados con: aseguradoras de usuarios de empresas de seguridad, con
el servicio prestado por esas mismas empresas, por reclamaciones de sus
usuarios de seguridad privada, ante recursos de la administración o, por
ejemplo, en penal, para dirimir responsabilidades, llegado el caso, en
accidentes, evacuaciones, planes de seguridad, ordenes de puesto,...
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